Sumario: | El presente proyecto de Ordenanza da respuesta al mandato consitucional establecido en el numeral
4° del arnculo 305, para que, dentro de los términos enmarcados en la ley reglamentaria 152 de 1994,
sea someido a su consideración y adopción el plan de desarrollo “ATLÁNTICO PARA EL MUNDO”
correspondiente a la vigencia 2024-2027.
Su contenido es un compendio de decisiones programáicas en torno a políicas y estrategias
orientadas a la búsqueda y promoción de procesos efecivos de cambio en los ámbitos social,
ambiental, producivo y gubernamental, procurando el fomento de su SOSTENIBILIDAD en el iempo y
el espacio, pensada en la garanna que, como sociedad actual, nos obliga para preservar la
supervivencia de las generaciones futuras. En este senido, la sostenibilidad es concebida como aquel
desarrollo que saisface las necesidades del presente sin comprometer las necesidades de las futuras
generaciones. El desarrollo sostenible, tal como fue formulado por Bruntland Report (1987), persigue
la adopción de formas de crecimiento que hagan compaible la uilización de los recursos disponibles,
con las posibilidades que iene nuestro entorno medioambiental de saisfacer las necesidades
presentes y futuras, o sea, dentro de los límites que permite la capacidad de soporte de los
ecosistemas1. Se trata de actuar AHORA para preservar nuestro FUTURO.
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