Sumario: | La idea del desarrollo regional es muy reciente en Colombia. La Ley 25 de 1958 se esforzó por dar un cuadro legal a ciertos organismos estatales con miras a reorganizar la administración pública en sus aspectos programáticos metodológicos e institucionales. Fué así como se creó para la acción planificadora a escala nacional, el Consejo Nacional de Política Económica y el Departamento Administrativo de Planeación, con facultades para promover la organización de oficinas sectoriales, departamentales y municipales de planeación y el desarrollo regional. Para que el plan sea integral es preciso que organice los fenómenos económicos y sociales en sus relaciones más estrechas con el planeamiento físico. La planeación económica en los planes de desarrollo tiene por objeto aumentar el bienestar de la región a base de reorganizar los medios de producción. La plenación social en planes de desarrollo tienen por objeto proporcionar a los habitantes una serie de medios y comodidades y esparcimiento como vivienda, lucha contra analfabetismo, creación de medios de educación, salud pública y desarrollo de la comunidad. La planeación del medio físico tiene por objeto el aprovechamiento racional de los elementos físicos que ofrece una región dada.
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