Sumario: | De acuerdo con la normatividad vigente, la extensión agropecuaria, es definida como un bien y un servicio servicio de carácter público, permanente y descentralizado, cuya competencia para su prestación corresponde a los municipios y distritos, quienes deberán armonizar sus iniciativas en esta materia, con las de otros municipios y/o el departamento al que pertenecen, a fin de consolidar las acciones en un
único plan denominado Plan Departamental de Extensión Agropecuaria.
En sintonía con el Plan de Desarrollo Departamental "Córdoba lo tiene todo para estar a otro nivel
2024 - 2027", se tuvieron en cuenta varios criterios metodológicos para la realización del diagnóstico y caracterización de los productores agropecuarios, bajo el cual operará el servicio público de extensión agropecuaria haciendo referencia, según la Ley, en el desarrollo de las capacidades humanas integrales mediante la generación y mejora de las habilidades, destrezas, talentos, valores y principios individuales y colectivas de los productores agropecuarios, para ejecutar apropiadamente las gestiones y labores que demanden sus actividades productivas, de transformación, administrativas, financieras y crediticias, informáticas, de mercadeo y de comercialización; así como para la convivencia y el desarrollo rural.
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