Decreto 2208 de 2017: por el cual se reglamentan los artículos 20 y 21 de la Ley 1731 de 2014, y se adiciona el Título 3 a la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015

Que en desarrollo de los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Política se expidió la Ley 1731 de 2014, por la cual se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial, y en su segundo título se dictan disp...

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Detalles Bibliográficos
Otros Autores: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Bogotá (Colombia)
Formato: Norma
Lenguaje:Español
Publicado: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 2020
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12324/35662
Descripción
Sumario:Que en desarrollo de los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución Política se expidió la Ley 1731 de 2014, por la cual se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial, y en su segundo título se dictan disposiciones relacionadas con el fortalecimiento de la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria, CORPOICA. Que el artículo 20 de la Ley 1731 de 2014 establece que el Gobierno Nacional transferirá anualmente recursos del Presupuesto General de la Nación a CORPOICA para el desarrollo de sus funciones de apoyo al sector agropecuario en· ciencia, tecnología e innovación, y que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y CORPOICA concertarán las metas y resultados que se alcanzarán con los recursos que se transfieran.