Sumario: | Que el artículo 70 de la Constitución Política de Colombia señala, entre otros, que el Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de valores culturales de la Nación. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1286 de 2009, modificado y adicionado por la Ley 1951 de 2019, el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - COLCIENCIAS- es el ente rector del sector y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e lnnovación SNCTI, encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo.
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