Sumario: | Todos los municipios del país, que tengan áreas de economía campesina, deben incluir en sus planes integrales de desarrollo, la prestación del servicio de asistencia técnica agropecuaria dirigida a los pequeños productores, en concordancia con la descentralización político administrativa y fiscal, promulgada mediante la Ley 12 de 1986 y reglamentada a través de los Decretos 077 del afio 1987, 1946de 1989y2379 de 1991.
El servicio de asistencia técnica Agropecuaria, debe ser parte coherente de la política para el desarrollo rural campesino y cumplir con los principios constitucionales de equidad, democracia participativa, descentralizaciones igualdad de oportunidades y con la debida conservación de los recursos naturales y de desarrollo sostenible.
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