Sumario: | El Régimen del investigador tiene en su primera etapa, dos caminos de aplicación. El primero es para vinculaciones de investigadores externos a la Corporación, con el fin exclusivo de llenar vacantes generadas por remplazo o creación de cargos que resultan en los diversos programas. El segundo es para los investigadores inscritos en el antiguo escalafón, que mediante un proceso de reclasificación pueden ir accediendo a las nuevas categorías, a través de los cupos y concursos que periódicamente se abren para tal propósito.
El examen de la masa crítica y de las líneas de investigación muestra que no es necesario el remplazo. En pocas palabras, el remplazo de los cargos no es automático.
Es posible que se necesite proveer la vacante pero no en el mismo cargo. A manera de ejemplo el análisis puede conducir a la sustitución de un investigador principal por dos principiantes o a demostrar la conveniencia de cambiar un principiante por un principal.
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